La iniciativa aprobada este lunes 13, presentada por el diputado Alejandro Dichiara, propone modificar las leyes provinciales 12.322 (Área Patagónica Bonaerense) y 12.323 (Zona Austral Desfavorable) para que los beneficios impositivos vigentes en esas regiones pasen a tener carácter permanente.

Las leyes que se modifican fueron sancionadas en 1999 y desde entonces los beneficios se fueron renovando sucesivamente, facultando al Poder Ejecutivo a establecer su vigencia por un plazo mínimo de diez períodos fiscales y a renovarlos sucesivamente. Es decir, hace 26 años que permanecen vigentes mediante prórrogas que afectan a los distritos de Patagones, Villarino, Puán, Tornquist y algunos cuarteles del partido de Saavedra.

Entre los argumentos esgrimidos para fijar el carácter permanente de las promociones se explica que las condiciones climáticas y productivas que justificaron originalmente estos beneficios siguen existiendo y ya no pueden considerarse una emergencia circunstancial, sino que constituyen una realidad estructural, entre otras cosas por las características de sus suelos semiáridos.

En esta línea el proyecto hace un fuerte énfasis en que estos beneficios fueron concebidos originalmente para compensar condiciones permanentes de desventaja, pero en la práctica se renovaron de manera ininterrumpida durante más de dos décadas. De hecho, el proyecto incorpora un informe complementario con estadísticas sobre emergencias agropecuarias entre 1999 y 2025.

Dicho documento concluye que prácticamente todos los años alguno de esos distritos estuvo bajo emergencia, muchas veces de manera simultánea, lo que demuestra la recurrencia del problema. Además acompaña un mapa en el que esa región aparece como la de mayor frecuencia de sequías de toda la provincia de Buenos Aires.

¿Qué beneficios tiene cada distrito?

En concreto, la ley distingue dos regímenes. El Área Patagónica Bonaerense comprende a Patagones y la Zona Austral Desfavorable a los distritos de Villarino, Puán, Tornquist y sectores del partido de Saavedra. Según la ubicación, las exenciones van del 50% al 100% sobre los impuestos Inmobiliario (rural y urbano), Ingresos Brutos y Sellos.

Durante el tratamiento de este proyecto en la comisión de Legislación General, el diputado Christian “Chipi” Castillo anunció que se abstendría de la votación a pesar de coincidir en la cuestión de fondo planteada “en cuanto a que a la permanencia de situaciones de emergencia climática en la región no plantean una situación excepcional, sino que es una situación desfavorable permanente”.

Sin embargo, el legislador de izquierda fundamentó que no está de acuerdo con que “sea permanente el inmobiliario rural a los grandes propietarios” en comparación con los pequeños productores. Sobre este aspecto el proyecto es claro y plantea que el tratamiento tributario diferencial no constituye un privilegio, sino una herramienta para compensar desigualdades naturales y promover el desarrollo regional.

En este sentido, según el autor de la iniciativa, el derecho tributario debe ponerse al servicio de la justicia social y la equidad, permitiendo que una región estructuralmente desfavorecida pueda desarrollarse en igualdad de condiciones con el resto de la provincia. Durante la tercera sesión ordinaria de la Cámara Baja el proyecto fue aprobado por más de dos tercios y se espera el mismo nivel de consenso en el Senado para que se convierta en ley.