Las iniciativas del Ejecutivo provincial para crear el Sistema Integrado de Salud y la Industria Farmacéutica Bonaerense obtuvieron despacho y quedaron a un paso del recinto. El recorrido parlamentario incluyó modificaciones sustanciales respecto de los proyectos originales, varias de ellas vinculadas a los cuestionamientos planteados por Mario Ishii.
Por Gabriela Edith Lorenzo · 5 de octubre de 2026

Luego del voto negativo de Mario Ishii y el pase a estudio de los proyectos, todo parecía indicar que no había forma de dar vuelta la interna. Según pudo reconstruir este medio, el exintendente de José C. Paz no estaba dispuesto a ceder un ápice en algunos puntos clave de cada iniciativa. Finalmente, las modificaciones que se establecieron primero en la comisión de Salud y que este lunes permitieron que ambos proyectos obtuvieran despacho en Legislación General fueron en buena medida en ese sentido.

En el proyecto que impulsa el Sistema Integrado de Salud de la Provincia de Buenos Aires —SIPBA—, las modificaciones acotaron la capacidad regulatoria del Estado. En el que propone la creación del Centro de Industria Farmacéutica Bonaerense —SAPEM—, se reforzó la propiedad estatal y se sumaron controles sobre una sociedad que conserva amplias facultades empresariales, aunque su presupuesto y sus operaciones de endeudamiento quedan sujetos al régimen de la Ley 13.767 y se incorporaron nuevos mecanismos de control legislativo.

Centro de Industria Farmacéutica Bonaerense

En cuanto al proyecto para la creación del Centro de Industria Farmacéutica Bonaerense, desde el entorno del paceño indicaron que reservar un 49% del capital social para participación privada podía obligar al Ejecutivo a supeditarse a la imposición de un único laboratorio. Para Ishii, el control tenía que quedar en manos del Estado, con una participación privada mínima.

Este punto ya había sido cuestionado fuertemente durante el tratamiento de este proyecto en 2024, cuando consiguió avanzar en la Cámara de Diputados y no así en el Senado, por lo que perdió estado parlamentario. Desde la oposición, coincidieron en remarcarlo tanto desde la Izquierda como desde la UCR. La diputada del FIT, Laura Cano Kelly, señaló en aquella sesión que “una sociedad anónima en el Estado no es más Estado, es más mercado y menos Estado”.

Diego Garciarena, jefe de la bancada radical, marcó en ese momento que “el Gobernador está haciendo Peronismo al revés”. Y recordó que la Ley de Sociedades Mixtas, que incorporaba al Estado en sociedades privadas, tenía el objetivo exactamente inverso. “Lo que buscaba el gobierno de Perón era estatizar servicios que estaban en manos de los privados y debía prestarlos el Estado. No al revés, servicios del Estado convertirlos en privados”.

Otro de los puntos cuestionados por Ishii había sido la posibilidad de que la industria farmacéutica tomara préstamos y emitiera deuda sin quedar, según su planteo, por fuera de la órbita del Ministerio de Economía. En el proyecto original, el artículo 7 establecía que a la sociedad anónima con participación estatal mayoritaria no le serían aplicables las normas administrativas provinciales que regulan la administración y gestión interna, aunque dejaba a salvo la Ley 13.767 “en lo que correspondiera”.

La modificación no elimina la naturaleza empresarial de la futura sociedad, pero hace más explícito el encuadre de su financiamiento. El nuevo artículo 3 establece que las operaciones de crédito deberán estar vinculadas con su objeto social, contempladas en su presupuesto aprobado y sujetas a los límites de endeudamiento previstos en la Ley 13.767, que regula la Administración Financiera y el sistema de Control de la Administración General del Estado Provincial.

La referencia no es menor: bajo ese régimen, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria elaboran su propio proyecto de presupuesto, que es analizado por la Dirección Provincial de Presupuesto y debe ser aprobado por el Ministerio de Economía antes de ser elevado por el Poder Ejecutivo a la Legislatura junto con el Presupuesto General. De este modo, el CIFB conserva un presupuesto propio como sociedad, pero queda sujeto al circuito presupuestario provincial previsto para las empresas y sociedades del Estado.

En las modificaciones aprobadas se avanzó incluso un paso más sobre el control financiero. Se sumaron dos artículos que crean una Comisión Bicameral de Seguimiento y Control, con facultades para solicitar informes y formular recomendaciones, y que deberá intervenir previamente en determinadas operaciones extraordinarias de endeudamiento. La Bicameral estará integrada por cinco diputados y cinco senadores, designados respetando la proporcionalidad de las representaciones políticas.

La intervención está prevista para operaciones que, entre otros supuestos, superen los límites presupuestarios o estatutarios, excedan determinados niveles de exposición cambiaria, comprometan activos esenciales, requieran respaldo financiero provincial o impliquen determinadas emisiones de deuda pública. Las operaciones ordinarias que se mantengan dentro de los límites establecidos continuarán bajo los órganos propios de la sociedad.

De esta manera, el cambio no se limita al porcentaje de participación estatal. El proyecto pasó de una estructura original de 51% de capital estatal y 49% de participación privada a un esquema de 99% para el Estado y 1% para acciones Clase B, al tiempo que incorporó límites al endeudamiento y un mecanismo de seguimiento legislativo sobre determinadas operaciones financieras.

Sistema Integrado de Salud de la Provincia de Buenos Aires —SIPBA

En cuanto al Sistema Integrado, las modificaciones introducidas van en consonancia con algunos de los cuestionamientos planteados por Mario Ishii, quien sostenía que no se podía obligar a los efectores privados a ponerse al servicio y disposición del Estado. Así lo explicó Pedro Borgini, titular de la Comisión de Salud, tras la reunión en la que se aprobaron las modificaciones y/o supresiones a 14 artículos.

“Por ejemplo, el artículo 6 B se suprime y se elimina la facultad del Poder Ejecutivo de definir la ubicación de los establecimientos sanitarios según las necesidades”, explicó el senador kicillofista y detalló: “Era un pedido de los privados, también de Ishii y de los municipios”.

Las modificaciones actúan principalmente sobre la capacidad de regulación, planificación e integración del régimen sanitario. En términos generales, se restringen herramientas vinculadas con la planificación territorial, la determinación de la necesidad sanitaria, la autorización previa, la intervención extraordinaria sobre privados y la participación de distintos actores en los órganos de articulación del sistema.

El cambio puede leerse con mayor claridad a la luz de lo que había planteado Nicolás Kreplak cuando presentó los proyectos ante la Comisión de Salud. El ministro había explicado que uno de los problemas que buscaba abordar el SIPBA era precisamente la fragmentación del sistema sanitario.

Según señaló entonces, que cada sector y cada municipio tenga su propio sistema de información y reproduzca “lógicas que no son coordinadas entre uno y otro municipio” genera dificultades para organizar la fuerza laboral, garantizar la continuidad de los cuidados y planificar la prevención y las inversiones en salud. Para Kreplak, esa fragmentación requería una serie de estrategias técnicas para poder ser abordada. Uno de los cambios más significativos se produjo justamente sobre las herramientas con las que el proyecto original buscaba ordenar esa fragmentación.

Se eliminó la facultad del Poder Ejecutivo de definir la ubicación de los establecimientos sanitarios según las necesidades de la Provincia. También se suprimió la posibilidad de determinar la necesidad sanitaria para incorporar nuevos establecimientos o tecnologías sobre la base de criterios geográficos, sanitarios, epidemiológicos y demográficos. A esto se sumó la eliminación de la exigencia de obtener una aprobación previa de necesidad sanitaria para construir establecimientos o incorporar servicios y tecnologías, aunque se mantienen las habilitaciones correspondientes.

También se restringió la facultad de la autoridad del SIPBA de exigir prestaciones extraordinarias al sector privado. La nueva redacción limita esa posibilidad a situaciones excepcionales de emergencia sanitaria formalmente declarada, establece que las medidas deben ser temporales y que no pueden implicar una afectación permanente de bienes o personal. No desaparece, entonces, la posibilidad de intervención sobre los privados, pero queda circunscripta a un supuesto mucho más específico que el contemplado originalmente.

Menos integración obligatoria

Otro de los cambios relevantes aparece en la integración de los distintos actores del sistema. El proyecto original otorgaba al COSAPRO (Consejo de Salud de la Provincia de Buenos Aires) funciones vinculadas con la articulación entre instituciones públicas y privadas y con la definición de objetivos de la Red Bonaerense. Esas facultades fueron eliminadas, aunque se incorporó expresamente la posibilidad de que el ministro convoque a otros actores del sistema a participar de ese ámbito cuando lo considere necesario, sin modificar su integración permanente.

También se acotó la participación prevista para el CORESA (Congreso Regional de Salud), eliminando la facultad de convocar al sector privado, las obras sociales y otros actores para su integración. La senadora de Fuerza Patria e integrante de la Comisión de Salud Mónica Macha ya había señalado, cuando los proyectos quedaron en estudio en la Comisión de Salud, la importancia que tenían ambos espacios.

En diálogo con EL PALCO, Macha había definido al COSAPRO y al CORESA como “dos dispositivos centrales”. Del primero destacó que es el espacio donde se encuentran los secretarios y secretarias de Salud de los municipios bonaerenses, mientras que del segundo remarcó su función como consejo de las regiones sanitarias y ámbito de toma de decisiones.

El otro cambio que impacta directamente sobre la integración es el de la Red Bonaerense de Atención y Cuidados en Salud. En el artículo 59 se incorporó expresamente que la incorporación de los municipios a la Red es voluntaria.

La modificación tiene una particular importancia porque una de las herramientas centrales que planteaba el SIPBA es la Historia de Salud Integrada (HSI), que permite centralizar diagnósticos y tratamientos de un paciente y evitar, por ejemplo, la repetición de estudios ya realizados en otro establecimiento. Al mismo tiempo, el sistema permite reunir información para producir estadísticas y planificar políticas sanitarias.

Según pudo reconstruir EL PALCO en diálogo con trabajadores del Ministerio de Salud, una de las dificultades actuales para extender la HSI radica precisamente en que no todos los municipios se han adherido. Con la modificación aprobada en comisión, la incorporación a la Red seguirá dependiendo de la decisión de cada intendencia.

Algo similar ocurre con el sector privado. Los establecimientos podrán incorporarse voluntariamente a la Red y la falta de adhesión no afectará su habilitación ni su funcionamiento. Tampoco quedarán excluidos de los programas generales que no formen parte de la Red por el hecho de no incorporarse.

Además, se eliminó del proyecto la referencia a programas nacionales y se estableció que la prioridad en la asignación de fondos o bienes para las instituciones que integren la Red quedará limitada a los programas provinciales. Así, si bien las modificaciones no eliminan el SIPBA ni su objetivo de integrar los distintos sectores del sistema sanitario, sí dejan fuera de juego varios de los mecanismos mediante los cuales esa integración podía hacerse efectiva.

El proyecto original no solamente proponía coordinar el sistema de salud: también otorgaba al Estado provincial herramientas para decidir dónde tenía sentido que existiera determinada oferta sanitaria, si esa oferta respondía a una necesidad de la Provincia y bajo qué condiciones podía incorporarse al sistema. Con las modificaciones, se reduce esa capacidad de planificación e intervención y se amplía el carácter voluntario de la incorporación de municipios y privados a la Red.

Legislación General

Este lunes y a contra reloj de la sesión convocada por Verónica Magario para este martes 6, la Comisión de Legislación General se reunió para dar tratamiento a los proyectos del SIPBA y de la Industria Farmacéutica y les dio luz verde para avanzar únicamente con los votos del oficialismo.

Las iniciativas ya habían obtenido despacho favorable por mayoría en la Comisión de Salud el jueves pasado, después de las modificaciones incorporadas al texto original. Ahora, con el aval de Legislación General, quedaron en condiciones de continuar su recorrido parlamentario. El tratamiento en el recinto requerirá todavía reunir los dos tercios necesarios para incorporar los proyectos al orden del día y avanzar con su aprobación.

El resultado de las dos comisiones muestra así el recorrido de dos proyectos que llegaron al Senado como parte de una misma estrategia sanitaria del Ejecutivo, pero que atravesaron modificaciones de distinto sentido. En el caso de la Industria Farmacéutica, el acuerdo terminó reforzando la participación estatal —del 51% al 99%— y sumando controles sobre el endeudamiento y las operaciones extraordinarias.

En el SIPBA, en cambio, las modificaciones redujeron algunas de las herramientas de regulación y planificación con las que el proyecto original buscaba ordenar un sistema sanitario que el propio Kreplak había definido como fragmentado. Los dos proyectos quedaron así a las puertas del recinto, después de que el voto de Ishii primero los dejara en estudio y luego resultara necesario para que pudieran avanzar con un nuevo texto.